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Las elecciones en la Candelaria tendrán que repetirse de nuevo

  • Foto del escritor: CofradeTV
    CofradeTV
  • 27 sept 2019
  • 1 Min. de lectura

Actualizado: 28 sept 2019

Ninguno de los candidatos presentados alcanzaron la -Mayoría Absoluta- establecida según la Normativa Diocesana de Hermandades y Cofradías en su Artículo 64, donde se específica que:

&2 La Votación será NULA si;

3° El número de votos no alcanza la mayoría absoluta.

§4. En caso de nulidad de la votación a tenor del §2, 3º de este Art., se cursará una segunda convocatoria, transcurridos al menos quince días, en la que bastará la mayoría relativa de los votos emitidos, incluidos los nulos y los depositados en blanco, para la validez de la elección. En caso de producirse empate de votos entre dos o más candidaturas en esta segunda convocatoria, quedará elegida la del Hermano Mayor que tenga más antigüedad en la Hermandad y, en caso de tener la misma antigüedad, la del Hermano de mayor edad (Cf. c.119, 1º).










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