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Comunicado de la Candidatura de Vicente Sánchez López

  • Foto del escritor: CofradeTV
    CofradeTV
  • 14 oct 2019
  • 9 Min. de lectura

CANDIDATURA VICENTE SÁNCHEZ LÓPEZ

(Hermandad Sacramental de la Candelaria)

Este comunicado sólo pretende manifestar tanto a los hermanos de la Hermandad, como a las demás personas en general, “ciertas dudas y distintas valoraciones” que se están produciendo en la manera que se está llevando acabo la convocatoria del Nuevo Cabildo de Elecciones en la Hermandad.

Este comunicado se realiza sólo y exclusivamente para manifestar y aclarar distintas "versiones y opiniones contradictorias” que se están realizando en redes sociales, grupos de mensajería de WhathApp y algún medio de comunicación.

Por todo ello, debemos dejar claro ciertos aspectos para salvaguardar siempre la verdad de los hechos acontecidos.

PRIMERO.- Esta candidatura cumple como no puede ser de otra manera, con todos los requerimientos y requisitos solicitados tanto por la Normativa Diocesana de Hermandades y Cofradías, así como por los propios Estatutos y Normas de la Hermandad. Requisitos estos que son necesarios para poder así ostentar cargos directivos en una Junta de Gobierno, y de hecho, así quedó recogido en la comunicación trasladada en tiempo y forma por la Delegación de Hermandades y Cofradías de nuestra ciudad, a la actual Junta de Gobierno, considerando a esta candidatura y a todos sus miembros como personas APTAS para formar parte de Junta de Gobierno.

SEGUNDO.- Que ante la convocatoria de Nuevo Cabildo General Extraordinario de Elecciones, esta candidatura desea manifestar, que el Obispado de nuestra ciudad, basándose en la actual Normativa Diocesana, es la que ha ordenado la repetición de dicho Cabildo de Elecciones en base al Artículo 64, que dice textualmente así:

..“§1. Finalizada la votación, la Presidencia de la Mesa Electoral, conjuntamente con los dos escrutadores, realizará el escrutinio público de todos los votos emitidos, incluidos los nulos y los recibidos por carta.

De todo ello, y de todo lo ocurrido, el Secretario de la Mesa Electoral y los dos escrutadores levantarán acta con el Visto Bueno del Director Espiritual o representante de la Autoridad Eclesiástica.

§2. La votación será nula si:

3º. El número de votos no alcanza la mayoría absoluta.

§4. En caso de nulidad de la votación a tenor del §2, 3º de este Art., se cursará una segunda convocatoria, transcurridos al menos quince días, en la que bastará la mayoría relativa de los votos emitidos, incluidos los nulos y los depositados en blanco, para la validez de la elección.

En caso de producirse empate de votos entre dos o más candidaturas en esta segunda convocatoria, quedará elegida la del Hermano Mayor que tenga más antigüedad en la Hermandad y, en caso de tener la misma antigüedad, la del Hermano de mayor edad (Cf. c.119, 1º)."

Que además del anterior artículo de las Normas Diocesanas, los propios Estatutos de la Hermandad, en su capitulo 3.4.2 Procedimiento electoral en el apartado del Escrutinio dice así:

..."Finalizada la votación, la Presidencia de la Mesa Electoral, conjuntamente con los dos escrutadores, realizará el escrutinio público de todos los votos emitidos, incluidos los nulos y los recibidos por carta.

De todo ello, y de todo lo ocurrido, el Secretario de la Mesa Electoral y los dos escrutadores levantarán acta con el Visto Bueno del Director Espiritual o representante de la Autoridad Eclesiástica.

La votación será nula si:

3º. El número de votos no alcanza la mayoría absoluta.

En caso de ser nula la votación a tenor de lo anterior, se deberá repetir el cabildo de elecciones en modo absoluto, después de informar a la Delegación Diocesana de HH y CC, que deberá dar su aprobación y modo de proceder para el mismo, con una separación entre ambos cabildos de al menos quince días."...

TERCERO.- Esta candidatura en ningún momento ha intervenido en la petición o no de la celebración o no de este -Nuevo Cabildo de Elecciones-, ya que han sido las Autoridades Eclesiásticas, tanto de la Delegación de Hermandades como la propia Vicaría del Obispado, siendo las mismas las que han decido mediante comunicación escrita y dirigida al Hermano Mayor actual de la Hermandad, para que en los plazos establecidos, se realizará una nueva convocatoria de Cabildo de Elecciones, tal y como recogen las actuales Normas Diocesanas.

CUARTO.- Que vista las circunstancias actuales, esta candidatura se ha puesto en contactó en distintas ocasiones con la Delegación de Hermandades y Cofradías para ponerse en todo momento a su disposición, y recibir de la misma, las directrices oportunas en las cuestiones concernientes a los nuevos comicios y el modo de proceder.

Que previamente a la celebración del Cabildo de Elecciones realizado el pasado día 27 de septiembre de 2019, esta candidatura, dio entrada a distintos documentos relacionados con lo que está candidatura considera posible vulneración de la privacidad de los hermanos inscritos en el censo electoral, más concretamente, en la figura de todos los candidatos presentados, y más aún si cabe, en los de esta candidatura, pudiendo esto, constituir a la mencionada vulneración de la actual Ley de Protección de Datos, ya que en ningún momento se contó con la -autorización expresa- de ninguno de ellos para que sus nombres y apellidos fuesen publicados en el portal Web que posee la Hermandad y que es de acceso público para cualquier persona ajena a la cofradía. Además, esta relación de nombres y apellidos también fueron publicados por un medio de comunicación de la ciudad, sin que esta candidatura tenga constancia alguna, de cómo pudo apoderarse dicho medio de comunicación de los nombres y apellidos de los candidatos presentados para formar parte de la Junta de Gobierno.

Estos nombres y apellidos también fueron expuestos en el tablón de anuncios que la Hermandad mantiene con la Parroquia de Santa Ana.

Se da la circunstancia, que dicho tablón de anuncios es de libre lectura por cualquier persona que acuda a dichas dependencias, ya que el mismo, está ubicado en la entrada de acceso al archivo de la Parroquia de Santa Ana, hecho este que también “puede” vulnerar la privacidad de los datos personales de los hermanos-.

En lo referente con la posible vulneración de datos privativos, esta candidatura ha realizado la correspondiente consulta en lo concerniente en materia de religión, y han sido puestos en conocimiento del Obispado de esta ciudad, mediante entrega de los documentos correspondientes.

Además, estas cuestiones han sido consultadas también en las oportunas administraciones en materia de Protección de Datos para la manera de proceder llegado el caso.

Por otro lado, también se ha puesto en conocimiento de la Delegación de Hermandades, las que consideramos desde esta candidatura y en nuestra opinión, como

-defectos de formas- de los documentos que fueron expedidos por la secretaría actual de la Hermandad, en forma de certificados extendidos a los candidatos acreditando las candidaturas.

El Artículo 54, de dichas normas dice así. ..."§2. La inscripción de los candidatos se hará en la Secretaría de la Hermandad, estando obligado el Secretario a expedir una certificación que le acredite que se ha presentado como candidato".

Dichos certificados fueron todos extendidos por el secretario actual de la Hermandad con la misma fecha (18 de julio de 2019), para todos y cada uno de los candidatos de las diferentes candidaturas, dándose las circunstancias que la gran mayoría de los documentos que esta candidatura presentó, fueron expedidos tanto por las correspondientes parroquias y templos, además del Registro Civil de la ciudad, con fecha posterior a dichas certificaciones expedidas por la secretaría, y las cuales carecían del membrete de la Hermandad y que no constan con el sello en formato original, hecho este puesto en conocimiento también del Delegado Diocesano.

Que en posteriores reuniones con el propio Delegado Diocesano, esta candidatura también puso de manifiesto documentalmente, que dada la peculiaridad de la presencia de tres candidaturas, solicitaba que la Mesa Electoral además de estar formada por el Presidente, estuviese formada por un interventor/escrutador de cada una de las candidaturas, a lo cual el propio Delegado “le pareció de justicia" y comentó, que "fuese comunicado mediante escrito al resto de candidatos y Presidente de la Mesa, el Director de la Hermandad para su conocimiento y llevar a cabo si no había ningún inconveniente."

Esta candidatura a través de su candidato a Hermano Mayor, realizó dicha petición al resto de candidatos, hecho este que le fue denegado por ambos, “ya que consideraban que era algo que a ellos no les correspondían pronunciarse y que debería ser una cuestión del Hermano Mayor y Director Espiritual.”

Dicha petición, fue solicitada por el candidato Vicente Sánchez López, el cual quiso entregar de manera fehaciente al Director Espiritual de la Hermandad, a lo cual, este se negó a recepcionar la petición y rehusó la aceptación en forma de comunicación del documento en cuestión realizado al efecto. (Todos estos documentos han sido entregados en la Delegación Diocesana de Hermandades para su conocimiento y donde se le ha dado la correspondiente entrada).

En referencia a este asunto, el Artículo 61 de las Normas Diocesanas y en relación a la composición de la Mesa Electoral dice así. ..."La mesa electoral estará presidida por el Director espiritual o bien por un representante de la Autoridad Eclesiástica legítimamente delegado, y por tres miembros de la Hermandad presentes en el Cabildo, que no sean candidatos"...

QUINTO.- Que llegado el día de la celebración de Cabildo de Elecciones del pasado 27 de septiembre, el mismo se celebró bajo la presidencia del Director Espiritual y tres hermanos de la Hermandad designados por el Director Espiritual, sin que esta candidatura pusiese objeción alguna a la misma, acatando la decisión del Director Espiritual y Presidente, como no podía ser de otra manera.

SEXTO.- En cuanto a la repetición o no del Cabildo de Elecciones y de las posibles retiradas de candidatos a Hermano Mayor y/o a Miembros de Junta de Gobierno, esta candidatura siempre ha estado dispuesta a seguir todas aquellas indicaciones que las Autoridades Eclesiásticas han decido, incluso llegándosele a comunicar, “que dicha repetición de Cabildo de Elecciones, se realizaría independientemente si había tres, dos o un candidato los que concurrieran a este segundo Cabildo".

SEPTIMO.- Que la Delegación de Hermandades y Cofradías comunicó al Hermano Mayor de la Hermandad, que debía celebrarse un -Nuevo Cabildo de Elecciones- en base a lo que marca el Artículo 64, de las actuales Normas Diocesanas, y cuyos resultados quedaron -sin validez-.

Que la repetición del Cabildo de Elecciones, fue conocida por parte de esta candidatura de manera "no oficial" a través de la filtración a un medio de comunicación de la carta de convocatoria (documento interno de la Hermandad) y que fue publicada por el medio de comunicación, el 2 y 3 de octubre de 2019, dándose la curiosidad que la carta estaba fechada el 8 de octubre de 2019.

Dicha carta publicada por el medio de comunicación, estaba firmada por el actual Hermano Mayor y Secretario, y contenía el membrete oficial y sello de la Hermandad de la Candelaria.

Posteriormente la Web de la Hermandad candelariadejerez.blogspot.com publicó el día 3 de octubre de 2019, la nueva fecha del Cabildo de Elecciones.

En cuanto a dicha convocatoria a todos los hermanos de la celebración del Nuevo Cabildo de Elecciones, esta se ha realizado mediante carta enviada a los domicilios de dichos hermanos, la cual ha sido distribuida a través del servicio de correos con matasellos del día 8 de octubre de 2019 y fechada el día 2 de octubre de 2019 (detalle este que llamó la atención al no coincidir con la publicada previamente por el medio de comunicación.

OCTAVO.- Que ante la -Iniciativa Solidaria- llevada acabo por esta candidatura para la Recogida de Alimentos no perecederos para Caritas Parroquial de Santa Ana, y en previsión de la habitual Campaña de Navidad que siempre realiza la Hermandad y aprovechando en este sentido, la presencia de hermanos durante la celebración el próximo día 25 de octubre de 2019, del Nuevo Cabildo de Elecciones, nos pareció extremadamente interesante realizar dicha petición solidaria. Esta candidatura desea manifestar, que la Hermandad Sacramental de la Candelaria siempre se ha caracterizado por sus campañas solidarias, siendo un modelo a seguir en todas las convocatorias realizadas para ayudar a los más desfavorecidos desgraciadamente tanto de nuestra feligresía como de nuestro barrio, por eso no entendemos algunas criticas vertidas desde el seno de la propia cofradía ante tal iniciativa.

Con este comunicado sólo queremos dar a conocer los acontecimientos ocurridos en cuanto al proceso electoral que se está llevando acabo en la Hermandad, ya que en distintos foros y redes sociales se están “desvirtuando” las verdaderas razones de la repetición de este Cabildo de Elecciones, las cuales han sido ordenadas sólo y exclusivamente por el Obispado de nuestra ciudad, ya que deben celebrarse a tenor de las actuales Normas Diocesanas.

Para finalizar, esta candidatura desea manifestar que mientras tanto no se produzca la celebración de Cabildo de Elecciones y posterior Toma de Posesión del Hermano Mayor y Miembros de la Junta de Gobierno, corresponde al actual Hermano Mayor en Funciones, la dirección, administración y representación de la Hermandad, y velar por el fiel cumplimiento sin excepción, de las actuales Normas Diocesanas y Estatutos de la Hermandad, y que en todo momento debe llevar a cabo la gestión de los asuntos habituales y cotidianos de la cofradía, para el desarrollo normal de la Hermandad.

Jerez de la Frontera a 14 de octubre de 2019. CANDIDATURA VICENTE SÁNCHEZ LÓPEZ (Hermandad de la Candelaria)

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